Japón siglo XXI: defensa y seguridad


Ex - Primer Ministro de Japón Shinzo Abe

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Presidente de la República Popular China Xi Jinping

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Líder supremo de la República Democrática Popular de Corea Kim Jong-Un

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La difícil situación internacional que enfrenta el Japón, con relación a las amenazas que le plantean China y Corea del Norte al comenzar la tercera década del presente siglo, se evidencia al analizar con detenimiento los más recientes desarrollos noticiosos internacionales. Lo primero que se destaca es la diplomática e inesperada "suspensión" de la invitación a Tokio del premier chino Xi Jinping, que estaba prevista para este año, aparentemente como resultado de la actitud francamente agresiva de China en la región y, particularmente, de la actitud hostil que el gobierno de Beijing ha tomado con respecto a Hong Kong para contrarrestar las protestas que se han producido en la isla por la promulgación de la Nueva ley de seguridad que busca acabar definitivamente con todo tipo de manifestaciones contra el gobierno comunista central.

Lo que más preocupa y molesta al Japón –ya que lo afecta directamente– son las incursiones navales de China en el área de las Islas Senkaku, en el Mar del Este, que son parte inherente del territorio japonés y, a su vez, son disputadas por China.

Con respecto a Corea del Norte, la amenaza es aún más grave, ya que, sin ninguna provocación, y seguramente tratando de demostrar su capacidad militar y de hacer alarde de su probable poderío nuclear, el imprevisible y altamente peligroso dictador norcoreano Kim Jong-un ha lanzado más que amenazas supremamente peligrosas: solo basta recordar que en octubre del año pasado misiles coreanos impactaron la zona económica exclusiva del Japón.

Estos misiles, enviados desde un submarino norcoreano, se unen a otro ensayo aún más provocativo y amenazante, realizado en 2017, en el que Corea del Norte lanzó un misil sobre la isla de Hokkaidō, al norte del Japón, en completa violación de las resoluciones del Consejo de seguridad de la ONU sobre la materia.

Así, la situación paradójica de Japón en el panorama mundial se evidencia al constatar, por un lado, que tiene sus manos atadas en cuanto a su propia defensa como consecuencia de su Constitución, y por el otro, por el hecho de que es, sin lugar a dudas, la tercera potencia mundial. Es, además, la tercera economía del mundo (el tercer país más rico) y el país más avanzado en cuanto al desarrollo tecnológico en el campo de los superconductores, de los que dependen, en última instancia, la eficacia y la exactitud de los misiles balísticos y antibalísticos nucleares. Esto último cabe dentro de la categoría de la tecnología más avanzada de la industria armamentística a nivel mundial.

Teniendo esto en cuenta, en este artículo trataremos por separado dos temas absolutamente indispensables para entender la compleja situación internacional del Japón en el momento presente:

La camisa de fuerza del artículo 9 de la Constitución japonesa: orígenes y soluciones

Al terminar la Segunda Guerra Mundial, tanto Japón como los demás países del Eje – Alemania, Italia, Austria, Hungría y Checoeslovaquia– fueron sancionados con reparaciones de tipo territorial o con imposiciones de tipo legal que buscaban impedir el rearme de los países derrotados.

Adicionalmente, y por primera vez en la historia de las relaciones internacionales, en los famosos y sin antecedentes juicios de Nuremberg y de Tokio fueron sometidos a juicio los líderes máximos de los países "enemigos”, y condenados a muerte, como era previsible; tanto Hitler como Mussolini habían muerto ya para esa época.

Para evitar el rearme hacia el futuro, se establecieron procedimientos distintos que, en el caso del Japón, y por decisión general MacArthur, se incluyeron en el articulado mismo de la Constitución. Dicha constitución fue realizada de manera conjunta entre representantes del gobierno japonés y expertos civiles y militares del país ocupante; allí quedaron plasmados más de cien artículos que siguen vigentes hasta la fecha. El comentario de los políticos japoneses sobre el articulado definitivo fue que había quedado con "un gran sabor de mantequilla". Esto significa que, en últimas, su versión final había sido impuesta por los norteamericanos. En todo caso, la constitución japonesa se firmó en noviembre de 1946 y fue promulgada en mayo de 1947 por el propio emperador Hirohito.

El texto del artículo 9 de la Constitución japonesa consta tan solo de dos párrafos cortos:

Aspirando sinceramente a una paz internacional basada en la justicia y el orden, el pueblo japonés renuncia para siempre a la guerra como derecho soberano de la nación y a la amenaza del uso de la fuerza como instrumento para la solución de disputas internacionales.

Para dar cumplimiento al propósito enunciado en el parágrafo anterior, las fuerzas terrestres, marítimas, y aéreas, así como cualquier otro potencial de guerra nunca serán mantenidas. El derecho a la beligerancia del estado no será reconocido.

La pregunta inmediata ante un texto tan restrictivo y completamente único a nivel mundial es ¿por qué se mantiene en la sociedad japonesa, a pesar del paso de más de 73 años de promulgado y a pesar de la existencia de circunstancias hoy completamente nuevas en el escenario mundial, que harían comprensible y hasta deseable una reforma constitucional que derogue este artículo, el cual no tiene antecedente ni parangón en ninguna de las constituciones del mundo? Además, en la práctica, ha sido imposible su aplicación total, lo que genera controversias y enfrentamientos dentro de la sociedad japonesa. Por razones pragmáticas ha habido necesidad de corregir, acudiendo a interpretaciones constitucionales bastante elaboradas, lo que a todas luces es imposible de cumplir; o como se ha discutido vehementemente en la dieta japonesa, un propósito quijotesco o teológico, en la práctica, de muy difícil consecución, aún más para un país de la importancia y la solidez de Japón.

Esa solidez viene no solo a partir de la Segunda Guerra mundial, sino desde el siglo XIX, cuando con la Revolución Meiji en 1868, Japón entró a ocupar, por derecho propio, un lugar preponderante en el concierto de naciones.

La explicación es más profunda de lo que pudiera pensarse. Por extraño que parezca, y quizás, para entenderlo, hay que estudiar a profundidad la mentalidad de la sociedad japonesa, ensayando con una “sociología sui-generis”. Lo cierto es que una altísima proporción del pueblo japonés respalda la existencia del artículo 9 de la Constitución y apoya en su totalidad el acuerdo defensivo vigente con los Estados Unidos, porque garantiza una sombrilla de protección contra cualquier tipo de amenaza nuclear o de otra naturaleza contra su territorio.

Japón ha interpretado esta norma (art 9) en forma flexible, permitiendo la existencia de un reducido grupo de fuerzas de auto defensa "en el mínimo nivel necesario". Sin embargo, respecto a la adquisición de armamento nuclear, Japón es signatario del Tratado de no proliferación de armamento nuclear de 1970 (NPT). Este documento prohíbe en su artículo II "recibir, manufacturar, o de cualquier manera adquirir armamento nuclear, u otros instrumentos explosivos de carácter nuclear”. Si Japón se viera en la necesidad de retirarse del NPT, lo tendría que hacer cumpliendo con las provisiones del tratado, que no resultan gravosas ni difíciles de cumplir por fuera de los efectos que tendría frente a la opinión pública japonesa y en la opinión pública mundial una decisión de esta naturaleza.

Ahora bien, el procedimiento para la modificación del artículo 96 de la Constitución, que es el que posibilitaría un cambio en las políticas de defensa, exige mayorías casi imposibles del 2/3 en cada cámara. No obstante, en el momento político actual es un escenario posible de acuerdo con los últimos resultados electorales. La composición de fuerzas está bajo el liderazgo del ex primer ministro Abe, quien comanda un ala parlamentaria arrasadora, y tiene el propósito declarado de someter una reforma constitucional para tratar este punto específico; lo difícil es la parte restante.

De acuerdo con la Constitución vigente, toda reforma, una vez aprobada por las dos cámaras de la asamblea, deberá someterse a un referendo ratificatorio en el que participan por derecho constitucional todos los ciudadanos japoneses. De conformidad con las últimas encuestas, este referendo puede arrojar un resultado positivo para el gobierno, pero, en todo caso, el partido de gobierno (PLD) que ha dominado la política japonesa desde la posguerra, tendrá que arriesgarse de lleno para no ser derrotado en las urnas. El texto del artículo que reglamenta la reforma de la Constitución es el siguiente:

Artículo 96: las reformas a esta constitución deberán iniciarse por la dieta1 mediante el voto favorable de las 2/3 partes o más de la totalidad de los miembros de ambas cámaras y serán sometidas a continuación al pueblo para su ratificación, que requerirá de la mayoría absoluta de los votos sufragados, en un referendo especial o a la elección que la dieta especifique. Una vez ratificadas las reformas deberán ser promulgadas inmediatamente por el emperador a nombre del pueblo, como parte integral de esta Constitución”.

Por otro lado, la seguridad de Japón está garantizada mediante el acuerdo de seguridad bilateral Estados Unidos-Japón. Los norteamericanos tienen un acuerdo similar, pero independiente, con Corea del Sur. Así, el acuerdo Estados Unidos-Japón es bastante amplio e incluye 25 bases militares, la séptima flota con sus 60-70 navíos de guerra con capacidad nuclear, 300 aviones de última tecnología, tropas (50.000 soldados y personal militar), y sistemas de defensa antimisiles.

Metro en Japón Foto: Jezael Melgoza

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Metro en China Foto: Pixabay – Hollmann

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Metro en Corea del Norte Foto: Micha Brandli

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Recientemente Japón suspendió la compra de un sistema antimisiles que venía negociando con los Estados Unidos llamado "aegis ashore” porque, por dificultades de ubicación, el sistema no puede garantizar que los cilindros del cohete no tengan riesgo de caer en zonas civiles. Los factores externos afectan expresamente la reacción del ciudadano promedio japonés frente a la alianza vigente con los Estados Unidos. En ese sentido, la infidencia cometida por el exasesor de seguridad nacional de Estados Unidos, Jhon Bolton, en su libro de memorias La habitación donde ocurrió, no fue bien recibida ni por el gobierno ni por la ciudadanía.

Al referirse al acuerdo de defensa Japón-Estados Unidos, menciona cómo el presidente Trump, dando continuidad a su molestia con los países receptores de ayuda militar norteamericana, expresada públicamente durante su campaña por la Casa Blanca en el 2016, le dio instrucciones para que le transmitiera a su contraparte dentro del gobierno de Japón, Shotaro Yachi, consejero de seguridad, en julio del pasado año, la intención de que Tokio asumiera el pago de los 8 billones de dólares que al año costaría cubrir los gastos de defensa a partir del 2020. Esto representaría un incremento del pago vigente de 2.5 billones de dólares.

El gobierno de Tokio ha comentado su extrañeza ante este incremento, habida cuenta de que el monto pagado anualmente es de $1.8 billones de dólares. El propio jefe de gabinete japonés ha desmentido esta afirmación de Bolton, aseverando que las conversaciones del presupuesto de defensa aún no han comenzado y su vigencia se iniciaría a partir del 2022. La duda en las altas esferas de la política y de la sociedad japonesa se centra en la confiabilidad de un sistema de defensa cuando de verdad exista el riesgo de destrucción nuclear y si el socio de la alianza estaría dispuesto a correr el riesgo sobre sus propias ciudades para defender a su aliado.

Independencia de su política internacional

En el escenario de la política mundial, Japón ha jugado durante los últimos setenta años un papel tímido, que no guarda relación con su importancia política, económica y tecnológica. La reforma del sistema de membresía permanente del consejo de seguridad de la ONU requiere ser ampliado y debe incluir por derecho propio tanto al Japón como a Alemania. El derecho a veto debe ser reconocido a estos dos países para no perpetuar una situación absolutamente injusta, desequilibrada e insostenible. El aporte de Alemania a la comunidad europea y el papel que el Japón está llamado a ocupar en el noreste de Asia debe ser reconocido y valorado por la comunidad internacional.

Es evidente que la alianza entre Estados Unidos y Japón beneficia fundamentalmente al mundo libre y que sirve de contrapeso a los intereses hegemónicos de otros países en la región. La pregunta inmediata sería: ¿está el Japón en capacidad de crear un nuevo paradigma de su papel en el mundo? ¿y estaría dispuesto a asumir de manera independiente y autónoma las responsabilidades que lleva aparejado ese nuevo posicionamiento?

Desde nuestro punto de vista, la respuesta es afirmativa, pero al mismo tiempo la situación mundial se está enrareciendo y los conflictos potenciales que plantean Irán, Corea del Norte, y China dependerán, para su solución, de los resultados de las elecciones de noviembre en los Estados Unidos. En el caso de que se mantenga la presencia republicana en la presidencia habría de esperarse una continuidad de las políticas actualmente en ejecución. De presentarse un relevo en el gobierno actual de los Estados Unidos, se volvería a la política adelantada por el gobierno de Barack Obama, del que fue vicepresidente el candidato demócrata actual. Estos dos escenarios, en todo caso, mantienen al Japón en un papel decisorio.

Notes

[1] ホルヘ・エンリケ・ガラビト・デュラン

元駐ブラジル、元駐ドミニカ共和国コロンビア大使

[1.] Dieta hace referencia a asamblea