La privatización de la seguridad en México

Carlos A. Pérez Ricart

Doctor en Ciencias Políticas. Profesor Investigador del Centro de Investigación de Docencia Económicas (CIDE), Ciudad de México.

carlos.perezricart@cide.edu

Valentina Carbonell Galicia

Licenciada en Relaciones Internacionales y Ciencia Política por el CIDE. Analista en LAB-CO, Ciudad de México. ORCID: 0009-0000-3808-0331.

valentina.carbonell@lab-co.org

Recibido: 14 de noviembre del 2024 | Aceptado: 24 de marzo del 2025

Cómo citar: Pérez Ricart, Carlos y Valentina Carbonell Galicia. “La privatización de la seguridad en México”. Latin American Law Review n.º 14 (2025): 71-94, doi https://doi.org/10.29263/lar14.2025.04

Resumen

El artículo analiza el proceso de privatización del sistema penitenciario en México, enmarcándolo dentro de un fenómeno global y regional más amplio. Se argumenta que, a diferencia de otros países de América Latina, en México este proceso ha sido más profundo y generalizado, al punto que se ha convertido en un eje fundamental dentro del modelo de gestión de la seguridad. Se identifican tres factores clave que impulsaron la privatización: las reformas policiales de los años ochenta, la crisis de violencia y criminalidad de los años noventa, y la implementación de políticas neoliberales.

El artículo revisa la historia de la privatización de la seguridad pública en México, y muestra cómo la participación de empresas privadas en este sector creció exponencialmente desde los años noventa hasta la actualidad. Se analiza en detalle el caso del sistema penitenciario, explorando las razones detrás de su privatización, los actores involucrados y los resultados obtenidos hasta el momento. Se examina el modelo de prisiones bajo asociaciones público-privadas implementado desde el sexenio de Felipe Calderón, evaluando sus costos, eficiencia y consecuencias en la reinserción social.

Los hallazgos sugieren que la privatización del sistema penitenciario ha generado beneficios limitados en términos de infraestructura, pero ha exacerbado problemas estructurales como altos costos, opacidad en la gestión y una visión mercantilista de la privación de libertad.

Palabras clave

Privatización, seguridad, asociaciones público-privadas, sistema penitenciario, México.

The privatization of safety in Mexico

Abstract

This article analyzes the privatization process of the prison system in Mexico, framing it within a broader global and regional phenomenon. It argues that, unlike other Latin American countries, in Mexico this process has been deeper and more widespread, to the extent that it has become a fundamental component of the security management model. Three key factors that drove privatization are identified: police reforms in the 1980s, the crisis of violence and crime in the 1990s, and the implementation of neoliberal policies.

The article reviews the history of security privatization in Mexico and shows how the involvement of private companies in this sector has grown exponentially from the 1990s to the present. It provides an in-depth analysis of the prison system, exploring the reasons behind its privatization, the actors involved, and the outcomes achieved so far. It examines the model of public-private partnership prisons implemented since the administration of Felipe Calderón, evaluating its costs, efficiency, and consequences for social reintegration.

The findings suggest that the privatization of the prison system has generated limited benefits in terms of infrastructure, but has exacerbated structural problems such as high costs, lack of transparency in management, and a market-driven approach to deprivation of liberty.

Keywords

Privatization, security, public-private partnerships, prison system, Mexico.

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La privatización de cárceles y de otras tareas de seguridad es un fenómeno de alcance global y regional. Prácticamente no hay país en América Latina que no haya experimentado, en alguna medida, el fenómeno. Eso no significa, por supuesto, que el proceso haya sido homogéneo en toda la región. En algunos países, este ha sido limitado, resistido o regulado con firmeza. En otros, su alcance ha sido mayor. En los casos, por ejemplo, de Brasil, Chile y Colombia el proceso de privatización de la seguridad y la justicia penal ha alcanzado niveles altos1.

Hay países, sin embargo, en los que este ha acaparado prácticamente todas las áreas de la seguridad pública. Es el caso de México. Desde la década de los noventa, el país ha experimentado dinámicas privatizadoras de gran alcance. En lo que se refiere al sistema carcelario, en específico, se avanzó hacia un modelo en el cual no solo se delegó la construcción de nuevos centros penitenciarios al sector privado; también se permitió que empresas privadas participaran en su operación.

Este artículo documenta el proceso de privatización de la seguridad pública y del sistema penitenciario en México desde la década de los años ochenta. Como argumento central propone que, a diferencia de otros países de América Latina, en los cuales la privatización de la seguridad pública ha sido limitada o resistida, en México el proceso se ha dado de manera extensa, amplia y sin apenas diques. México representa un caso extremo.

Esto se debe principalmente a tres factores que se interrelacionan: el proceso de reformas policiales que ocurrieron a mediados de la década de los años ochenta, el aumento del nivel de violencia y crimen alcanzado en la década de los años noventa y, por último, las políticas neoliberales cuya adopción facilitó la apertura de empresas de seguridad nacionales y extranjeros.

Estos tres factores, en su conjunto, permitieron que México no sólo adoptase la privatización de la seguridad como estrategia complementaria, sino que la convierta en un pilar fundamental dentro de su modelo de gestión del orden y la protección.

El artículo busca contribuir al estudio de una industria poco analizada desde la academia. El difícil acceso a fuentes y el dinamismo de la industria han provocado un vacío bibliográfico que, lentamente, comienza a ser cubierto por algunos estudios, sobre todo centrados en la Ciudad de México y otras metrópolis importantes2.

Tan grave es la ausencia de información disponible que, hoy en día, es imposible saber con certeza el tamaño de la industria. Algunas fuentes refieren la existencia de unas tres mil 500 empresas privadas dedicadas al sector de la seguridad3. Otras calculan cinco mil 500 empresas y el empleo de un millón de personas. En México, se calcula que la industria de la seguridad privada representaría el 1.8% del PIB nacional, con un crecimiento anual del 7% aproximadamente4. Según datos de cámaras de comercio, ocho de cada diez empresas operan sin permisos5. Lo único cierto es que el tamaño de la informalidad hace imposible una visualización real.

A pesar de estas limitaciones, el artículo propone una exploración al nacimiento de la industria y su proceso de consolidación en México a partir de la década de los años noventa. Con el fin de presentar un examen más detallado de uno de los segmentos del ecosistema de seguridad, la última parte del artículo se concentra en el proceso de privatización del sistema penitenciario en México. El objetivo aquí es presentar una imagen detallada del grado de alcance que ha tenido el proceso de privatización. Esta sección abreva de material documental, incluyendo reportes de organizaciones de derechos humanos, notas periodísticas y documentos oficiales.

Este artículo se divide de la siguiente manera. La primera parte revisa los tres factores que potenciaron el proceso privatizador: las reformas policiales de la década de los años ochenta, la crisis de violencia y crimen y, por último, el giro neoliberal que tomó México en ese periodo.

La segunda parte del artículo presenta una historia resumida de la privatización de la seguridad pública en México. Comienza en la década de los años noventa y termina en nuestros días. Esta sección da cuenta de una industria boyante e imposible de regular por el Estado.

La tercera parte entra a estudiar el caso de la privatización del sistema penitenciario. Analiza las premisas teóricas que lo promovieron, explica el proceso político que lo habilitó y analiza, a la luz de los resultados, sus claroscuros. Finalmente, el artículo presenta una conclusión.

Las reformas policiales: cambiar todo para seguir igual

Hacia principios de la década de los años ochenta, la crisis de las instituciones de seguridad era visible. En particular, el descrédito y los niveles de corrupción alcanzados por los cuerpos policiales en México habían alcanzado grados intolerables. El mejor ejemplo de esto era la existencia de la Dirección General de Policía y Tránsito del Distrito Federal (DGPyT). A cargo de Arturo, “El Negro”, Durazo, la DGPyT se había convertido en una verdadera asociación delictuosa. La policía participaba en todo tipo de crímenes y formaba parte de una red mafiosa internacional6. A pesar de que a finales de los setenta una corte en Florida lo había declarado culpable del cargo de tráfico de cocaína y había girado una orden para detenerlo7, Durazo continuaba no solamente en libertad, sino al frente de la principal policía de la capital mexicana.

La DGPyT representaba todo lo opuesto al trabajo policial. El sistema de corrupción que había sostenido bajo el amparo del poder presidencial estaba a la vista de toda la ciudadanía. El rechazo era uniforme y se esparcía, en menor medida, en el resto de las corporaciones policiales.

La llegada en 1982 de Miguel de la Madrid Hurtado a la presidencia de México estuvo precedida de una promesa por depurar no solo a la DGPyT, sino a todas las instituciones de seguridad pública. De la Madrid prometía una “renovación moral”. Lo expresó con estas palabras: “moralizar y modernizar los cuerpos de policía es un reclamo nacional y figura, por lo mismo, entre los principales empeños de mi gobierno”8. En un contexto de partido hegemónico y en el que la crítica interna brillaba por su ausencia, las palabras del presidente causaron sorpresa y tímida esperanza.

En parte cumplió la promesa. En los primeros años de su presidencia, De la Madrid desarticuló la Dirección Federal de Seguridad, el cuerpo represivo que había centralizado las funciones represivas del Estado desde la década de los años cuarenta. Además, desmembró otras quince corporaciones policiales, entre ellas, la Dirección de Investigaciones Políticas y Sociales y, por supuesto, la infame DGPyT y todos sus cuerpos, incluyendo la policía secreta. Arturo Durazo y sus cómplices fueron encarcelados.

A pesar de todo, la pretendida “renovación moral” no logró desmontar las estructuras mafiosas. Los golpes efectistas fueron medidas populares, pero no supusieron una transformación de fondo9. Sí, en cambio, provocaron consecuencias no deseadas. La primera, la certeza entre la población que las policías públicas no tenían remedio en México y que la apuesta por la seguridad tendría que seguir otros derroteros. La segunda, una inmensa fila de desempleados que, al no encontrar sitio en las instituciones públicas, tuvieron que mirar hacia nuevos horizontes. Estaba sembrado, así, el germen para el cultivo del proceso de privatización de la seguridad pública en México.

La crisis de seguridad: “derroche de violencia”

El segundo factor que dinamitó el proceso privatizador fue, ciertamente, la crisis de inseguridad en la década de los años noventa. La policía se mostraba no solo corrupta, sino ineficaz. La razón de la ineficacia estuvo paradójicamente ligada al proceso de democratización en México. Por décadas, la tortura fue el método natural de obtención de evidencias. La creación de nuevos órganos de supervisión y la alternancia partidista en los años noventa supusieron, si no un alto, al menos un obstáculo al “trabajo” policial que por décadas había funcionado10. Por otro lado, no se invirtió en profesionalizar a la policía ni dotarla de capacidades de investigación. El resultado fue una grave crisis de inseguridad que azotó al país y, sobre todo, al Distrito Federal.

Entre 1993 y 1997, la criminalidad de orden común en la capital del país creció a razón de 16% por año11. Claudio Lomnitz retrata ese periodo como uno de “derroche de violencia” en el cual las “víctimas eran aterrorizadas a golpes […] insultadas de manera atroz, amenazadas casi siempre por armas de fuego y a veces incluso asesinadas”12. En 1997, el año en que por primera vez el Partido Revolucionario Institucional (PRI) perdió las elecciones, en el Distrito Federal se cometían unos 700 delitos diarios, incluyendo 160 robos de auto, 51 a negocios y 23 a casa habitación13. Hacia el final de ese año, el 80% de los habitantes de la ciudad consideraba que vivían en un sitio inseguro. Los taxis se negaban a ofrecer servicios en más de cien colonias de la ciudad14. El Distrito Federal se volvió el paradigma de la inseguridad en México y en la región entera.

Una postal retrata la situación: el 18 de marzo de 1996, un comando asalta bancos disparó a un helicóptero de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. A plena luz del día, quien quiso pudo ver cómo se desplomaba el helicóptero sobre una de las calles más transitadas de la ciudad15. Los tripulantes murieron y los delincuentes nunca pudieron ser identificados. “Ley de la Selva”, tituló el periódico Reforma la edición de ese día16.

La reputación de la policía estaba por los suelos. Lo reconocía así, ante el congreso capitalino, el nuevo jefe de la policía del Distrito Federal: “La policía fue puesta en manos de verdaderos maleantes que la desprestigiaron gravemente, convirtiendo a la ciudad en un auténtico botín y en un campo de batalla entre hampones al mando de la policía”17. Los medios, por supuesto, ayudaron a exagerar el relato. Hacia finales de los años noventa, apenas había periódico en México que no siguiera, al pie de la letra, las hazañas de los “asaltabancos” de la ciudad (tan solo en 2001 ocurrieron 71) y las de los secuestradores. La inseguridad era alta, y su percepción aún mayor.

El 27 de junio de 2004, cientos de miles de personas se manifestaron en la plancha del zócalo capitalino. Todas vestían de blanco. La “megamarcha contra la inseguridad” tomó un cariz político electoral que por meses retumbó en la arena pública. La discusión sobre la violencia se volvió total.

La respuesta a la crisis tuvo dos expresiones distintas. La primera, fue la militarización de los cuerpos de seguridad. En el Distrito Federal y otras ciudades del país, la dirección de las policías fue asumida por militares. Inició, así, un proceso que continúa hasta nuestros días18. La segunda respuesta fue, precisamente, el boom de la industria privada de la seguridad.

Neoliberalismo y apertura de mercados

El tercer factor que explica el boom de la privatización de la seguridad pública es la implantación de las políticas neoliberales en México. La adopción de políticas neoliberales en México, a partir de los años ochenta, facilitó la apertura de mercados y la desregulación de sectores claves, incluyendo la seguridad. Sin embargo, no debe considerarse la causa principal de la privatización del sistema penitenciario. Aunque el modelo neoliberal propició un entorno favorable para la expansión del sector privado, el proceso de privatización en México fue también catalizado por otros factores estructurales y políticos. La crisis de violencia de los años noventa, la desconfianza en las instituciones de seguridad pública, y la búsqueda de respuestas ante un sistema penitenciario colapsado desempeñaron un papel igualmente importante.En este sentido, la privatización no debe ser vista exclusivamente como una manifestación de la política neoliberal, sino como un proceso multifacético en el que influyen tanto las reformas políticas internas como las respuestas a las demandas sociales y las necesidades del Estado para afrontar una crisis de gobernabilidad y seguridad19.

Sin menoscabo de lo anterior, en esta sección planteamos que el desmantelamiento de estructuras estatales en favor de la inversión privada permitió la expansión de empresas de seguridad privada, que crecieron a la par del deterioro de las instituciones de seguridad pública.

México, como otros países de la región, afrontó las crisis económicas de los años ochenta y principios de los noventa a partir de políticas neoliberales. Al igual que en otros países, se apostó por reducir la intervención del Estado en la economía, liberalizar el comercio y desregular el mercado20. La consolidación del proceso llegó en 1994 con la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

Con el fin de “adelgazar el Estado”, el México invirtió menos en sus corporaciones policiales. Esto se tradujo en bajos salarios, equipamiento deficiente y condiciones laborales precarias21. Lejos de construir infraestructura policial, el Estado empezó a delegar a privados los servicios de seguridad. Hacia finales de los noventa, México se encontraba en una fase de transición en la que el Estado mantenía la rectoría de la seguridad, pero delegaba progresivamente funciones críticas al sector privado. Así, se sentaban las bases para el modelo de privatización de la seguridad que se consolidaría en las siguientes décadas22.

No es casual pues, que los primeros clientes de la seguridad privada en México fueran instituciones financieras, grandes corporaciones y sectores de alto poder adquisitivo que necesitaban proteger sus bienes y actividades ante el aumento de la criminalidad. La banca fue uno de los primeros sectores en contratar servicios de seguridad privada, especialmente para el resguardo de sucursales y el traslado de valores. Con el incremento de asaltos a bancos, los principales grupos financieros recurrieron a empresas de seguridad para reforzar sus instalaciones con guardias armados, controles de acceso y vigilancia en interiores y exteriores. Al tiempo, grandes empresas transnacionales establecidas en México, sobre todo del sector industrial, manufacturero y de telecomunicaciones comenzaron a contratar seguridad para proteger sus plantas y oficinas corporativas23.

El proceso de expansión de empresas privadas empató, también, con el de comunidades cerradas y desarrollos residenciales exclusivos para familias de clase alta y media-alta. A partir de los años noventa se volvió común la construcción de fraccionamientos privados. Así surgieron los primeros servicios de vigilancia en colonias privadas, donde empresas de seguridad establecían controles de acceso, patrullaje interno y monitoreo de calles24. Esta tendencia marcó un cambio en la percepción de la seguridad como un derecho público hacia un bien de mercado que podía adquirirse según la capacidad económica de cada individuo o comunidad.

Breve historia del desarrollo de una industria

En sus inicios, las empresas de seguridad privada en México operaban con estructuras improvisadas y una regulación casi inexistente25. La mayoría eran pequeños negocios familiares o empresas de reciente creación que contrataban a exmilitares y expolicías. Las reformas de la década de los ochenta, como señalamos al principio del artículo, abrieron un mercado de personas con amplia experiencia en manejo de armas y estrategias de patrullaje y vigilancia26.

A principios de los noventa, no existían requisitos estrictos para la formación de los guardias privados, por lo que muchas de estas empresas trabajaban en un esquema de “prueba y error”, donde la capacitación se limitaba a la experiencia previa de los agentes y a un conocimiento empírico del oficio. En casi todos los casos se trataba de expolicías que, despedidos, buscaban reubicarse en el sector privado.

Un ejemplo claro de este modelo rudimentario fueron los servicios de seguridad ofrecidos a los bancos y transportadoras de valores. Las primeras empresas que ofrecieron protección a instituciones financieras solían reclutar a exagentes de la Policía Judicial Federal y del Ejército Mexicano, quienes eran empleados como escoltas o vigilantes armados en las sucursales27. Sin embargo, la falta de entrenamiento formal y protocolos específicos de reacción ante asaltos ocasionó que, en muchos casos, los guardias privados fueran fácilmente superados por grupos delictivos. En los años noventa, las transportadoras de valores como Seguritec y Tameme comenzaron a estandarizar el uso de camiones blindados y escoltas altamente armados, estableciendo un primer intento de profesionalización en el sector28.

A nivel residencial, los servicios de seguridad privada en fraccionamientos y colonias cerradas también surgieron con un enfoque rudimentario. Empresas como Grupo Delta y Seguridad Privada del Valle de México iniciaron operaciones con personal con mínima capacitación, que en su mayoría realizaba funciones de vigilancia estática en casetas de acceso29. No existían controles avanzados de acceso ni monitoreo tecnológico; en su lugar, los guardias utilizaban registros escritos para anotar las entradas y salidas de los residentes y visitantes. Además, en muchas ocasiones, las empresas de seguridad privada eran contratadas directamente por asociaciones de colonos sin un contrato formal ni supervisión regulatoria, lo que facilitó la proliferación de empresas que operaban sin licencias30.

Conforme la demanda de seguridad privada aumentó, algunas empresas comenzaron a profesionalizarse e incorporar mejores prácticas. La llegada de empresas internacionales, como G4S y Prosegur, marcó un punto de inflexión en la industria. Estas introdujeron estándares de formación más rigurosos para su personal y tecnología avanzada para la vigilancia31. Así, por ejemplo, para la protección de centros comerciales y edificios corporativos, las empresas comenzaron a implementar sistemas de control de accesos con tarjetas electrónicas, monitoreo por cámaras de circuito cerrado de televisión (CCTV) y sistemas de alarmas automatizadas. Empresas como Eulen Seguridad y SISSA ofrecieron consultoría en seguridad empresarial, auditorías de riesgo y estrategias de prevención de pérdidas, lo que amplió el alcance de la seguridad privada más allá de la simple vigilancia.32

El arribo de actores transnacionales que vendían “consultorías” sucedió hacia principios de los dos miles. El ejemplo paradigmático es la llegada al país en 2002 de la polémica consultora de seguridad pública Giuliani Partners (hoy Giuliani Security & Safety, GSS). Contratada por el gobierno del Distrito Federal, esta empresa “aconsejó” la aplicación del modelo neoyorquino conocido como “ventanas rotas”. El modelo no era demasiado complejo y se basaba en una combinación de intolerancia policiaca, vigilancia extrema y represión ante toda conducta aparentemente inusual. El paradigma planteaba que la policía debía ser agresiva ante cualquier falta al orden y que el crimen florecía (florece) en lugares descuidados y sucios.

Aunque hoy es claro que el modelo Giuliani estaba basado en premisas no comprobables y, según ahora sabemos, en datos falsos, en su momento tuvo gran fama y prestigio entre las clases medias altas y cámaras empresariales de la capital33. La noticia de la llegada de Giuliani a México causó furor. El contexto, además, no podía ser mejor: Giuliani justo había terminado su gestión como alcalde en Nueva York. Los trágicos eventos del 11 de septiembre de 2001 le habían dado forma y renombre alrededor del mundo. No eran los funcionarios del Distrito Federal quienes buscaban sus consejos: Giuliani Partners también trabajó con los gobiernos nacionales y subnacionales de Argentina, Brasil, Venezuela y Perú.34

Aunque fue el gobierno del Distrito Federal el que presumió la consultoría de Giuliani Partners, esta fue pagada por la iniciativa privada. El costo total, de unos cuatro millones de pesos mexicanos, fue asumido por un grupo de empresarios que formaron el fideicomiso “Ciudadanos Aliados por la Seguridad Pública de la Ciudad de México”. Que se sepa, esta fue la primera ocasión que empresarios intervinieran directamente en las políticas de seguridad en una ciudad en México. En particular, la Coparmex recibió con entusiasmo la consultoría y pedían “la aplicación radical del programa”, a pesar de las presiones “de aquellos que consideran que el defender los derechos humanos significa tolerar el desorden”35.

Otro sector que impulsó la profesionalización del mercado fue la seguridad en hospitales y universidades. Instituciones como el Hospital Ángeles y el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM) comenzaron a contratar empresas privadas para garantizar la seguridad de sus instalaciones, lo que llevó a la especialización en este tipo de protección36. Se implementaron protocolos de emergencia, patrullajes dentro de los campus y monitoreo constante de accesos para evitar robos, agresiones o actos de vandalismo.

Con la llegada del nuevo milenio, la seguridad privada en México ya no era un servicio exclusivo para bancos o corporaciones, sino que se había expandido a múltiples sectores, incluyendo el transporte, la educación y la salud37. Para ese momento, la industria ya había evolucionado de pequeños negocios informales a un sector consolidado, con empresas nacionales e internacionales operando en múltiples niveles de seguridad, desde la protección patrimonial hasta la ciberseguridad y la inteligencia corporativa38. El sector privado de seguridad en México ya estaba firmemente establecido, no solo como un complemento a la seguridad pública, sino como una industria en sí misma, con un impacto significativo en la economía y la percepción de seguridad de la población.

Uno de los hitos más importantes en la consolidación del sector de seguridad privada en México fue la promulgación de la Ley Federal de Seguridad Privada en 2006. La ley estableció por primera vez un marco legal unificado para la operación de empresas de seguridad privada en el país. Hasta antes de esta legislación, la regulación de la seguridad privada estaba fragmentada y dependía de normas estatales o municipales, lo que permitía que muchas empresas operaran sin supervisión o con requisitos mínimos. Con la nueva ley, se buscó establecer un control más estricto sobre las empresas de seguridad, profesionalizar al personal y garantizar que las compañías operaran bajo estándares definidos.

La ley estableció la obligación de registro ante la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), lo que significaba que todas las empresas de seguridad privada debían contar con una autorización oficial para operar legalmente en el país39. Además, se impusieron requisitos específicos para la contratación y capacitación del personal de seguridad, así como para el uso de armamento en aquellas empresas que brindaban servicios de protección armada. También se introdujeron normas para la supervisión del cumplimiento de los contratos, con el fin de evitar abusos o malas prácticas en la prestación del servicio40.

Uno de los puntos más relevantes de la ley fue la obligación de capacitación del personal de seguridad. Antes de su implementación, los guardias privados recibían poca o ninguna formación formal, lo que llevaba a prácticas ineficientes o, en algunos casos, al uso excesivo de la fuerza. Con la nueva legislación, las empresas estaban obligadas a capacitar a sus empleados en manejo de crisis, protocolos de vigilancia, control de accesos y respeto a los derechos humanos41.

Sin embargo, a pesar de la intención de regular el sector, la aplicación de la Ley Federal de Seguridad Privada ha enfrentado múltiples desafíos. Uno de los problemas más notorios ha sido la falta de supervisión efectiva, lo que ha permitido que muchas empresas sigan operando en la informalidad.

De acuerdo con Gabriel Bernal Gómez, presidente de la Asociación Mexicana de Empresas de Seguridad Privada (AMESP), en 2024 aproximadamente el 80% de las empresas de seguridad privada en México operaban sin los permisos correspondientes, lo que implica que miles de guardias privados trabajen sin controles adecuados y sin garantías laborales42. Actualmente, la seguridad privada en México sigue operando en un entorno de dualidad: por un lado, existen empresas de alto nivel con tecnología avanzada y servicios especializados; por otro, sigue existiendo un mercado negro de seguridad privada con actores que operan fuera del marco legal, lo que representa un riesgo tanto para sus clientes como para la seguridad pública en general.

México se distingue de otros países en la privatización de la seguridad por la profundidad y amplitud con la que este modelo ha sido adoptado, convirtiéndose en un caso extremo en América Latina. A diferencia de países como Argentina o Chile, donde la seguridad privada coexiste con fuertes regulaciones estatales y límites en su expansión, México ha permitido que el sector privado no solo complemente, sino en muchos casos sustituya la labor del Estado en múltiples ámbitos de seguridad43. Esto ha sido posible gracias a una combinación de factores estructurales, políticos y económicos que han hecho que la privatización de la seguridad en México se desarrolle con mayor rapidez y alcance. La guerra contra el narcotráfico, iniciada en 2006, generó una explosión de violencia sin precedentes, lo que aumentó exponencialmente la demanda de seguridad privada. En este contexto, las empresas privadas de seguridad encontraron un mercado en expansión que no solo incluía a las élites económicas, sino también a la clase media, pequeños empresarios e incluso instituciones gubernamentales.

México también se diferencia en la escala de privatización en lo que refiere al sistema penitenciario44. Mientras que en países como Uruguay, Brasil, Chile o Colombia las cárceles privadas han sido adoptadas de manera limitada y con regulaciones estrictas, en México se han establecido asociaciones público-privadas para la construcción y operación de prisiones, lo que ha permitido a empresas privadas administrar servicios fundamentales dentro del sistema penitenciario45. Esto ha llevado a una situación donde los privados tienen un control considerable sobre la gestión de la seguridad en los centros de reclusión, aunque con costos significativamente elevados para el Estado46. Ese es el tema, precisamente, de la siguiente sección.

El sistema penitenciario y su proceso de privatización

Desde hace décadas, el sistema penitenciario en México ha sufrido de hacinación, saturación y poco presupuesto47. El deterioro, sin embargo, comenzó a hacerse más evidente hacia finales de la década de los años ochenta. Por aquellos años comenzó la práctica de autogobierno dentro de las prisiones y creció significativamente la población carcelaria, particularmente en las cárceles municipales y estatales48. En los años noventa, la crisis penitenciaria se agravó con la consolidación del narcotráfico y el crimen organizado dentro de las cárceles. A medida que las organizaciones criminales adquirieron mayor poder, las prisiones se convirtieron en centros de operación del crimen, donde los líderes de organizaciones delictivas continuaban dirigiendo sus negocios desde el interior de los penales. Durante esta década, los motines y enfrentamientos entre grupos rivales fueron frecuentes, destacando el caso de la matanza en el penal de Almoloya en 1991, donde la falta de control estatal permitió una de las peores masacres carcelarias en la historia de México. Además, la corrupción dentro del sistema penitenciario se volvió estructural, con custodios y directivos facilitando la entrada de drogas, armas y otros privilegios a cambio de sobornos49.

Ante el colapso del sistema penitenciario por el hacinamiento, la corrupción y el control de las cárceles por grupos criminales, el Estado comenzó a buscar alternativas para modernizar la infraestructura y mejorar la administración de los centros de reclusión. Fue en este contexto que, a partir de los años 2000, se introdujo el modelo de privatización parcial del sistema penitenciario, bajo el argumento de que la inversión privada podría mejorar la seguridad y eficiencia operativa de las prisiones. Esta estrategia marcó un cambio en la gestión carcelaria, trasladando la responsabilidad de la construcción y administración de algunos penales a empresas privadas mediante contratos con el gobierno. Se trata, a no dudarlo, de un modelo ampliamente difundido desde Estados Unidos, país en el que desde la década de los años ochenta adoptó modelos carcelarios50. En México, como se verá a continuación, el modelo tardó poco en ser aplicado.

La privatización del sistema penitenciario en México llegó como una de las estrategias más emblemáticas del sexenio del presidente Felipe Calderón Hinojosa (2006-2012). Durante este periodo, el gobierno federal presentó el modelo como una respuesta urgente a la profunda crisis carcelaria que enfrentaba el país, caracterizada por condiciones deplorables que ponían en entredicho no solo la dignidad humana de las personas privadas de libertad, sino también la efectividad del sistema de justicia penal en su conjunto. Esta decisión política —alineada con las tendencias globales de privatización de servicios públicos— reflejaba la visión del Partido de Acción Nacional (PAN) al buscar soluciones basadas en la participación del sector privado como un motor de cambio en las instituciones estatales.

Respecto a los centros penitenciarios, el Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos en los Centros de Reclusión de la República Mexicana, elaborado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en 2004, resaltaba problemas como sobrepoblación, hacinamiento, corrupción, desnutrición, insuficiencia de personal y ausencia de servicios médicos51. Dos encuestas realizadas en prisiones mexicanas, en 2002 y 2006, evidencian las condiciones de vida extremadamente precarias que enfrentaba cerca de un cuarto de millón de personas privadas de libertad. Algunos datos de la encuesta de 2006 permiten hacerse una idea de las condiciones de vida en estos centros: 26% de las personas internas aseguró que no dispone de suficiente agua para beber, 63% considera que los alimentos que les proporcionan son insuficientes, 27% señaló que no recibe atención médica cuando la requiere y solo 23% dijo que la institución le proporciona los medicamentos que necesita52. A su vez, un tercio de las personas opina que el trato que reciben sus familiares cuando los visitan es “malo” o “muy malo” y 72% dijo que se siente menos seguro en la prisión que en el lugar en donde vivía antes. La tendencia al deterioro se confirma con la opinión de las personas privadas de la libertad acerca de la calidad de los alimentos, pues en 2006, 44% dijo que la alimentación recibida era “mala” o “muy mala”, mientras que en 2002 el porcentaje era de 39%53.

En un contexto donde las cifras exponían la magnitud de la crisis, la privatización fue presentada como una solución innovadora que prometía abordar los problemas estructurales del sistema penitenciario. El gobierno de Calderón justificó esta estrategia como una forma de modernizar la infraestructura, mejorar las condiciones de vida de las personas internas y reducir los costos operativos mediante la eficiencia del sector privado.

La privatización como respuesta

Los argumentos a favor de la privatización de la seguridad destacan varias ventajas clave. En primer lugar, se encuentra la eficiencia operativa y reducción de costos. En el supuesto, las empresas privadas, al operar con mayor flexibilidad y capacidad de innovación, optimizarían recursos y procesos para reducir costos54. Además, también en el supuesto, las compañías privadas trabajarían bajo incentivos claros para maximizar su rentabilidad, lo que fomentaría prácticas más eficaces y orientadas a resultados55. Esta eficiencia permitiría al gobierno disminuir su gasto en seguridad mientras se mantiene la provisión de servicios de calidad. De la misma manera, la competencia entre empresas privadas impulsaría una mejora constante en los servicios ofrecidos, dado que buscarían diferenciarse y atraer clientes mediante soluciones innovadoras y personalizadas, incorporando tecnologías avanzadas y estrategias diferenciadas56. Este enfoque priorizaría una atención más directa y eficiente, ajustada a las necesidades específicas de los usuarios, algo que las instituciones públicas, frecuentemente limitadas por estructuras burocráticas, no siempre logran ofrecer.

Bajo esas premisas, el gobierno de Felipe Calderón avanzó hacia la privatización de las cárceles. Su política representó un cambio significativo en la gestión del sistema penitenciario al permitir la participación del sector privado en áreas como la construcción, operación y administración de instituciones penitenciarias. Este proceso se implementó a través de modelos de Asociación Público-Privada (APP), en los cuales el gobierno y empresas privadas colaboran para compartir responsabilidades en la gestión carcelaria57. Fue en 2010 cuando Calderón anunció en su Cuarto Informe de Gobierno, un plan para construir ocho nuevos centros penitenciarios federales mediante esquemas de APP58.

Desarrolladora Homex, empresa dedicada primordialmente a la construcción de casas habitación y que firmó un acuerdo con el grupo financiero Inbursa; ICA (Ingenieros Civiles Asociados), una de las constructoras más antiguas de México; Prodemex (Promotora y Desarrolladora Mexicana), de Olegario Vázquez Raña; los consorcios ARB Arendal, de José de Jesús García Vázquez y GIA (Grupo Ingeniería Arquitectura y Asociados), que preside Hipólito Gerard Rivero; y Tradeco, empresa dedicada a la construcción de carreteras y obras para Pemex, fueron algunas empresas participantes en estos contratos59. Ni una sola tenía conocimientos en cuanto a la construcción de este tipo de infraestructura o el manejo de centros penitenciarios.

Estos acuerdos se formalizaron mediante contratos que detallan las funciones específicas de cada parte, estableciendo un esquema en el que las empresas privadas aportan inversión y gestión operativa, mientras el gobierno mantiene la rectoría y supervisión de los centros60. Las empresas privadas se encargaban de aportar infraestructura, mantenimiento y todos los insumos necesarios para el funcionamiento de los centros —incluyendo mobiliario, alimentos, ropa, servicios básicos como agua y luz— así como servicios de lavandería y limpieza. Mientras tanto, las instituciones públicas conservaron la responsabilidad exclusiva de brindar seguridad dentro de las prisiones61.

Los contratos establecidos con las empresas privadas contemplaron un compromiso de largo plazo: el gobierno se comprometería a realizar pagos fijos durante un periodo mínimo de veinte años por cada centro penitenciario construido y gestionado bajo este esquema62. Así, el gobierno paga una tarifa fija por la capacidad total de cada prisión, independientemente del número de personas internas. Es decir, si un penal tiene 100 personas, el Estado paga lo mismo que si tuviera dos mil personas63. Esto permitiría a las empresas privadas una fuente de ingresos garantizada, que llevaría a incentivar la inversión en la construcción y mantenimiento de las instalaciones.

Realidades contradictorias

El análisis de los efectos de la privatización en las condiciones de vida de las personas privadas de la libertad en las prisiones mexicanas evidencia una serie de impactos positivos —en menor medida— como negativos, marcados por contradicciones entre las expectativas planteadas y la realidad observada. Por un lado, la mejora en la infraestructura de los centros penitenciarios representó uno de los logros más tangibles del modelo privatizador. Las nuevas instalaciones ofrecieron espacios más amplios, en mejores condiciones y equipados con servicios esenciales como agua potable, electricidad y áreas de recreación, contrastando con las condiciones precarias de muchas prisiones públicas64. Sin embargo, estas mejoras resultaron insuficientes para resolver problemas estructurales como el hacinamiento, que continuó empeorando debido al constante aumento de la población penitenciaria65.

Tabla 1. Población penitenciaria en México por año 1976-2024

Año

Población penitenciaria

1976

42,943

1990

93,119

1991

93,524

1995

93,574

1996

98,375

1997

106,682

1999

142,800

2000

154,765

2001

165,687

2002

172,888

2003

182,530

2004

193,889

2005

205,821

2006

210,140

2007

212,841

2008

219,754

2009

224,749

2010

219,027

2011

230,943

2012

239,089

2013

246,334

2014

255,638

2015

247,688

2016

217,868

2017

204,617

2018

197,988

2019

200,936

2020

214,231

2021

222,369

2022

228,530

2023

231,905

2024

235,197

Fuente: Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional, Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social, Gobierno de México.

Figura 1. Evolución de la población penitenciaria en México 1976-2024

Fuente: Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional, Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Reinserción Social, Gobierno de México.

Los datos sobre la población penitenciaria en México (Figura 1) muestran un crecimiento constante, pero es esencial desagregar esta información para comprender mejor cómo las cárceles privatizadas han absorbido parte de este aumento. Comparando la evolución de la población en centros privados y públicos, se puede ver que las prisiones privatizadas no han logrado resolver el problema del hacinamiento, a pesar de sus promesas de eficiencia.

A nivel nacional, el crecimiento de la población penitenciaria ha sido significativo y la redistribución de la población penitenciaria ha tendido a concentrar a los internos en los Centros Federales de Readaptación Social Femenil (CEFERESOS) gestionados bajo la figura de APP, lo que ha incrementado los problemas de hacinamiento, especialmente en los centros privados. Así, por ejemplo, ejemplo, la población adscrita a los ocho CEFERESOS pasó de 10,447 a 12,726 personas entre 2020 y 202166. Como consecuencia, el CEFERESO No. 15 en Chiapas, que forma parte del sistema penitenciario privatizado, presenta problemas graves de hacinamiento67.

El crecimiento de la población carcelaria evidenció la incapacidad del modelo para abordar de manera integral y sostenible los desafíos del sistema carcelario. La construcción de cárceles más grandes no fue la solución. Un análisis detallado permite concluir que las empresas inversionistas priorizaron la mercantilización de las personas privadas de la libertad sobre su rehabilitación social, al implementar modelos de alta o máxima seguridad que promovieron la construcción de penales sobredimensionados, con infraestructura costosa y enfocada principalmente en reforzar medidas de control, como rejas, puertas blindadas y cámaras de vigilancia68. Estos diseños, orientados hacia un enfoque punitivo, ignoraron las necesidades de rehabilitación y reintegración. Además, la ubicación de estos centros en sitios remotos y de difícil acceso impuso barreras adicionales, particularmente para los familiares de las personas internas69. Los elevados costos de traslado y la lejanía de las instalaciones limitaron severamente la posibilidad de visitas familiares, un aspecto crucial para el bienestar emocional y el proceso de reinserción.

Las prisiones privatizadas prometieron avances sustanciales en alimentación, atención médica y programas de rehabilitación, pero en la práctica estas mejoras se implementaron de manera inconsistente. Las raciones de alimentos frecuentemente no cumplían con estándares nutricionales básicos, mientras que la atención médica resultó inadecuada tanto en disponibilidad como en calidad70. Aunque se introdujeron iniciativas educativas y de capacitación laboral, su aplicación fue desigual, dejando a una gran cantidad de personas internas sin acceso a herramientas efectivas71. Este modelo, enfocado en maximizar ganancias, priorizó la reducción de costos por encima de la calidad de vida de las personas internas, perpetuando su marginación. Estas fallas no solo violaron los derechos fundamentales de las personas internas, sino que también evidenciaron la falta de supervisión efectiva por parte del Estado.

El análisis de costos revela otra debilidad del modelo. Los datos muestran que las cárceles privatizadas son significativamente más caras que las públicas, con un gasto diario por recluso que supera hasta diez veces el de los centros administrados por el Estado72. En este caso, la teoría no empató con la realidad.

Cuando el gobierno paga una cantidad fija a las prisiones privadas sin importar el número de personas en estas, se crean discrepancias entre los distintos centros. Por ejemplo, el CEFERESO no. 16, ubicado en Morelos, hasta marzo de 2021 contaba una población de 806, un 31% de su capacidad total. La cifra que el gobierno pagaba a este centro cada año representa un gasto promedio mensual por interna de 199 mil 028 pesos, alrededor de 6 mil 634 pesos por persona al día73. Mientras que, en un centro público a nivel federal, el costo por persona al día es de 574 pesos. En un penal estatal el costo es solo de 15074. La situación del CEFERESO 16, por lo demás, es lamentable. En este centro penitenciario, concebido como un espacio de rehabilitación y reinserción, se han registrado 19 suicidios desde 202275. La situación ha sido tan crítica que el CEFERESO 16 se ha ganado la fama del “cementerio para vivas”76.

La opacidad en los contratos de privatización representa un terreno fértil para la corrupción y la mala gestión al obstaculizar la fiscalización tanto por parte de las autoridades como de la sociedad civil. Esta falta de transparencia no solo limita la rendición de cuentas, sino que también impacta negativamente la calidad de los servicios en las prisiones, al carecer de mecanismos claros y efectivos para evaluar el desempeño de las empresas privadas involucradas. En 2013, la Tercera Visitaduría de la CNDH denunció la opacidad del gobierno en relación con los recursos destinados a los contratos con empresas privadas en el sector penitenciario. A pesar de las solicitudes de acceso a la información de parte de organizaciones civiles durante ese año, la Secretaría de Gobernación calificó estos datos como reservados77.

Aunque la privatización prometió modernizar y profesionalizar el sistema penitenciario en México, su implementación ha generado más dudas que certezas. Los altos costos, la falta de transparencia respecto de estos y las carencias en la calidad de vida de las personas internas evidencian las limitaciones de este modelo.

La orientación hacia la maximización de ganancias desplaza objetivos fundamentales como la reinserción social, elementos esenciales en cualquier sistema penitenciario que busque cumplir un propósito más allá del castigo. El modelo privatizado en México tiende a imponer un enfoque punitivo que, lejos de rehabilitar, perpetúa el aislamiento social y la exclusión de las personas privadas de la libertad, al agravar las barreras que enfrentan cuando buscan una segunda oportunidad en la sociedad. La privatización afecta la dignidad de las personas privadas de libertad al tratarlas como un recurso financiero en lugar de individuos con derechos fundamentales. Este contexto no solo compromete el bienestar de las personas internas, sino que también pone en entredicho el papel del Estado como garante de derechos y justicia.

En conjunto, estas problemáticas plantean dudas significativas sobre la capacidad del modelo privatizador para resolver los problemas del sistema penitenciario en México. Más allá de las promesas iniciales de eficiencia y modernización, las evidencias sugieren que este enfoque exacerba desigualdades, incrementa costos y dificulta los procesos de rehabilitación.

El caso de la privatización de las cárceles en México proporciona valiosas lecciones que pueden considerarse al diseñar futuras políticas penitenciarias y estrategias de gestión pública en contextos similares en la región. Estas lecciones resaltan la necesidad de enfoques más transparentes, sostenibles y centrados en la dignidad humana. La transformación de las cárceles en un negocio lucrativo ha desviado el enfoque de la reinserción social hacia la rentabilidad económica.

La privatización del sistema penitenciario en México no solo ha tenido repercusiones en términos de infraestructura y costos, sino que ha implicado un cambio fundamental en la forma en que el Estado gestiona la justicia penal. Este modelo ha permitido que las empresas privadas asuman roles decisivos en la administración de las prisiones, lo que ha resultado en un sistema carcelario más enfocado en la rentabilidad económica que en los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.

Además, la privatización ha exacerbado problemas como la desigualdad social, al crear un sistema en el que los servicios de rehabilitación y reintegración social están subordinados a la rentabilidad económica. Esto ha provocado que las condiciones de vida dentro de las cárceles no solo sigan siendo precarias, sino que, en muchos casos, se agraven, debido a la falta de un enfoque centrado en la rehabilitación efectiva.

Aunque no es el objetivo de este texto, al comparar el modelo mexicano con otros países latinoamericanos, se observa que, aunque la privatización del sistema penitenciario ha sido implementada en lugares como Brasil y Colombia, el impacto en México ha sido mucho más radical y generalizado. Mientras que en otros países se ha mantenido un enfoque de control y supervisión estatal, México ha permitido que las empresas privadas gestionen los servicios penitenciarios, lo que ha dado lugar a una serie de deficiencias en la supervisión y el cumplimiento de los estándares mínimos de derechos humanos.

Esta reflexión plantea un desafío importante para la justicia penal en Latinoamérica, y sugiere que la privatización no es necesariamente la solución a los problemas estructurales del sistema penitenciario. En lugar de depender del sector privado para gestionar las cárceles, los gobiernos deben buscar alternativas que favorezcan la rehabilitación y reintegración social, garantizando la protección de los derechos humanos y reduciendo la mercantilización de la justicia.

Conclusión

México se ha consolidado como el líder regional en la privatización del sector de la seguridad. Su experiencia presenta retos y dilemas que pueden ser tenidos en cuenta por otros países que intentan iniciar un proceso similar. Como se muestra en la primera parte del artículo, identificamos que las raíces de la privatización se encuentran en tres elementos interconectados: las fallidas reformas policiales de la década de los años ochenta, la crisis de violencia de los años noventa y el giro neoliberal en aquellos años.

Se trata de un proceso que, como se explicó en la segunda sección del texto, comenzó de forma muy rudimentaria a principios de los años noventa y que se ha ido profesionalizando hacia principios del nuevo milenio. El problema, sin embargo, es el mismo: la imposibilidad del Estado de regular la industria. El que ocho de cada diez empresas de seguridad privada funcionen de manera ilegal es expresión de este fracaso.

Como una manera de ejemplificar la amplitud del proceso privatizador, la tercera sección del artículo se concentró en el caso del sistema penitenciario. En específico, se analizó la aplicación de los modelos de Asociación Público-Privada que habilitaron, en la segunda década de este siglo, la construcción de penales privados. A la luz de los argumentos esbozados en el artículo, se trató de un experimento con más oscuros que claros. Las premisas teóricas bajo las que descansaba la idea de privatizar los centros penales no tuvieron su corolario en la realidad.

Aunque la privatización del sistema penitenciario en México ha sido vista como una posible solución a problemas estructurales como el hacinamiento y la ineficiencia, los resultados obtenidos hasta el momento sugieren que este modelo presenta limitaciones significativas. A pesar de las mejoras en infraestructura, el enfoque privatizado ha exacerbado las desigualdades, aumentado los costos y perpetuado la exclusión social de las personas privadas de la libertad. Este artículo propuso una exploración somera de un ecosistema pocas veces analizado a profundidad por la investigación documental. Además de más estudios de caso, proponemos que más investigación comparada podrá echar luz a un fenómeno que, por rápido y dinámico, ha pasado de puntillas del examen académico.

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  1. 1 Para un análisis comparado, véase: James Byrne et al., “International Perspectives on the Privatization of Corrections”, Criminology & Public Policy 18, No. 2 (2019): 501. El apartado tres hace referencia a procesos de privatización de otros sistemas penitenciarios en la región.

  2. 2 Markus-Michael Müller, “Private Security and the State in Latin America: the Case of Mexico City”, Brazilian Political Science Review 4, No. 1 (2010), 133; Markus-Michael Müller, Public Security in the Negotiated State (U.K.: Palgrave Macmillan, 2011), 28; Sergio Padilla Oñate, “Claves analíticas para el estudio de la seguridad privada: México frente al contexto internacional”, en Transformación del Estado y Privatización de la Seguridad Pública: Policías Privadas, Cárceles Privadas y Gated Communities en México, eds. Lucía Carmina Jasso López, Pierre Matari Manigat y Fernando Munguía Galeana (Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Sociales, 2020), 73; Fernando Munguía Galeana, “El Estado neoliberal y sus crisis: la privatización de la seguridad en perspectiva sociohistórica,” en Transformación del Estado y Privatización de la Seguridad Pública: Policías Privadas, Cárceles Privadas y Gated Communities en México, ed. Lucía Carmina Jasso López, Pierre Matari Manigat y Fernando Munguía Galeana (Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Sociales, 2020), 43; Alberto Espejel y Mariela Díaz, “De violencia y privatizaciones en México: el caso de las Asociaciones público-privadas en el sector penitenciario”, Revista Mexicana de Análisis Político y Administración Pública 4, No. 1 (2015): 134; Mark Ungar, “The Privatization of Citizen Security in Latin America: From Elite Guards to Neighborhood Vigilantes,” Social Justice 34, no. 3-4 (2008), 32.

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  5. 5 Geneva Centre for Security Sector Governance, “Armed Private Security in Latin America and the Caribbean: Oversight and Accountability in an Evolving Context”, 111.

  6. 6 José González González, Lo negro del negro Durazo (D.F. México: Posada, 1983), 24.

  7. 7 Rafael Rodríguez, “La historia del Negro, elaborada por Estados Unidos, Durazo estaba sujeto a juicio, en Miami, cuando se le encumbró”, en Proceso-InfoLatina, 26 de julio, 1984.

  8. 8 Miguel de la Madrid, Informes presidenciales, (1982).

  9. 9 Diane E. Davis, “Policing and Regime Transition,” en Violence, Coercion, and State-Making in Twentieth Century Mexico: The Other Half of the Centaur, ed. Wil G. Pansters (Stanford: Stanford University Press, 2012), 78.

  10. 10 Comisión para el Acceso a la Verdad, el Esclarecimiento Histórico y el Impulso a la Justicia de las Violaciones Graves a los Derechos Humanos Cometidas de 1965 a 1990, Informe Final (México: COVEH, 2024), 13.

  11. 11 Rafael Ruiz Harrell, Criminalidad y mal gobierno (Distrito Federal: Sansores & Aljure, 1998), 78.

  12. 12 Harrell, Criminalidad y mal gobierno, 56.

  13. 13 David Vicenteño, “Hacia una mejor policía: balance de un sexenio de la SSP,” Reforma, 2 de diciembre de 2000.

  14. 14 David Vicenteño, “Critica Gertz gestión de ex jefes policiacos,” Reforma, 7 de octubre de 1998.

  15. 15 Carlos A. Pérez Ricart, “A contracorriente: la policía de la Ciudad de México en el siglo XXI: un caso de (des)militarización de la seguridad pública”, en Desmilitarizar a México, ¿dónde estamos y hacia dónde vamos?, ed. Paulina Barrera Rosales (Ciudad de México: UNAM, 2024), 171.

  16. 16 Tiran Cóndor a balazos. 1996. Reforma, 19 de marzo.

  17. 17 Vicenteño, “Critica Gertz gestión de ex jefes policiacos”.

  18. 18 Sergio Padilla Oñate y Carlos A. Pérez Ricart, “The Militarization of Public Security in Mexico: A Subnational Analysis from a State (Local) Police Perspective,” Alternatives: Global, Local, Political (2023), 14.

  19. 19 Manuel Iturralde, “Neoliberalism and Its Impact on Latin American Crime Control Fields”, Theoretical Criminology 23, No. 4 (2019): 482.

  20. 20 Isabel Arriagada Gajewski, “De cárceles y concesiones: Privatización carcelaria y penalidad neoliberal”, Revista de derecho 25, No. 2 (2012): 27.

  21. 21 Fernando Munguía Galeana, “El Estado neoliberal y sus crisis: la privatización de la seguridad en perspectiva sociohistórica,” en Transformación del Estado y Privatización de la Seguridad Pública: Policías Privadas, Cárceles Privadas y Gated Communities en México, editado por Lucía Carmina Jasso López, Pierre Matari Manigat y Fernando Munguía Galeana (Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Sociales, 2020), 16.

  22. 22 Teodoro Serralde Medina, “La seguridad privada en México: su regulación y prospectiva,” en Transformación del Estado y Privatización de la Seguridad Pública: Policías Privadas, Cárceles Privadas y Gated Communities en México, editado por Lucía Carmina Jasso López, Pierre Matari Manigat y Fernando Munguía Galeana (Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Sociales, 2020), 101.

  23. 23 Padilla, “Claves analíticas para el estudio de la seguridad privada”, 88.

  24. 24 Zamorano, “¿Qué tan pública es la seguridad pública en México?”, 499.

  25. 25 Por cuestiones de espacio, en este artículo dejamos de lado la “renta” de servicios a privados que ofrecen las policías “bancarias” o “auxiliares”. En sentido estricto, la existencia de este tipo de policías es, también, parte del proceso privatizador.

  26. 26 Padilla, “Claves analíticas para el estudio de la seguridad privada”, 86.

  27. 27 Zamorano, “¿Qué tan pública es la seguridad pública en México?”, 482.

  28. 28 Sara Olivo, “La historia del transporte de dinero: de las diligencias a los blindados de nuestros días”, Escudo Digital, 21 de abril de 2021, https://www.escudodigital.com/sociedad/la-historia-del-transporte-de-dinero-de-las-diligencias-a-los-blindados-de-nuestros-dias_28228_102.html.

  29. 29 Padilla, “Claves analíticas para el estudio de la seguridad privada”, 72.

  30. 30 Munguía, “El Estado neoliberal y sus crisis: la privatización de la seguridad en perspectiva sociohistórica”, 40.

  31. 31 Alberto López de Mata Crespo, “La internacionalización de las empresas de seguridad privada; La expansión de Prosegur” (Trabajo Final de Grado, Madrid, Universidad Pontificia Comillas, 2014), 10.

  32. 32 Espejel y Díaz, “¿Privatización del sistema penitenciario en México?”, 146.

  33. 33 Davis, “Policing and Regime Transition”, 87.

  34. 34 Davis, “Policing and Regime Transition”, 73.

  35. 35 Fernández, Leticia y Marcela Turati, “Alerta IP sabotaje a Giuliani”, Reforma, 15 de octubre de 2022.

  36. 36 Zamorano, “¿Qué tan pública es la seguridad pública en México?”, 487.

  37. 37 Fernando Carrión, “Barajar y dar de nuevo: hacia una nueva comprensión de la violencia y la seguridad”, en Economía Política de la Seguridad Ciudadana, ed. Fernando Carrión y Manuel Dammert (Ecuador: FLACSO Ecuador, 2019), 11.

  38. 38 Benjamín Méndez Bahena, “Seguridad ciudadana y presupuesto en el Distrito Federal, México,” en Economía Política de la Seguridad Ciudadana, ed. Fernando Carrión y Manuel Dammert (Ecuador: FLACSO, 2019), 22.

  39. 39 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley Federal de Seguridad Privada. Última reforma DOF 17-10-2011, 2018, https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFSP.pdf, 23.

  40. 40 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley Federal de Seguridad Privada, 46.

  41. 41 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, Ley Federal de Seguridad Privada, 43.

  42. 42 Arturo Rojas, “En informalidad, 80% de negocios que dan seguridad”, El Economista, 16 de mayo de 2024.

  43. 43 Carrión, “Barajar y dar de nuevo”, 34.

  44. 44 Brasil y Colombia han limitado la privatización a funciones de infraestructura, sin que el sector privado asuma la gestión diaria de los centros penitenciarios. Véase: Dae-Young. Kim, “Prison Privatization: An Empirical Literature Review and Path Forward”, International Criminal Justice Review 32, No. 1 (2022): 32. A diferencia de México, donde el sector privado ha asumido un papel fundamental en la administración de cárceles, en Brasil las asociaciones público-privadas se han utilizado principalmente en áreas de infraestructura y construcción, pero con una supervisión estatal más robusta. Al respecto, véase: Byrne et al., “International Perspectives on the Privatization of Corrections”, 493.

  45. 45 Geoff Ramsey, “Prisiones privadas: Un modelo cuestionable en las Américas”, WOLA, 9 de septiembre de 2016, https://www.wola.org/es/analisis/prisiones-privadas-un-modelo-cuestionable-en-las-americas/. El caso brasileño es relevante: en 2011 se construyeron dos complejos carcelarios en Mina Gerais y en Pernambuco. Ambos, son operados íntegramente por actores privados, los únicos de su tipo en América latina. Véase: Arriagada Gajewski, “De cárceles y concesiones”, 74. Para una exploración al caso chileno, véase: Guillermo Enrique Sanhueza y Francisco Pérez, “Cárceles concesionadas en Chile: evidencia empírica y perspectivas futuras a 10 años de su creación”, Política Criminal 12, núm. 24 (2017): 1066-84. Para el caso uruguayo, véase: Ana Vigna, “La Cuestión Penitenciaria en Uruguay”, Sociedade em Debate 22, No. 2 (2016).

  46. 46 Emmanuel Carrillo, “Gobierno gasta en promedio 3,913 pesos diarios por cada reo de 8 cárceles privadas”, Forbes, 2021, https://forbes.com.mx/gobierno-gasta-en-promedio-3913-pesos-diarios-por-cada-reo-de-8-carceles-privadas/.

  47. 47 Enrique Magaña Mosqueda, “Historia de las instituciones penitenciarias en México”, Trabajo terminal para obtener el diploma de especialidad en Derecho, Universidad Autónoma de Baja California, Facultad de Derecho-Mexicali, 2008, https://repositorioinstitucional.uabc.mx/server/api/core/bitstreams/17872670-3140-4d8a-9a08-745d10b0c6ba/content, 32.

  48. 48 José Luis Coca Muñoz, “El sistema penitenciario mexicano: a un paso del colapso”, IUS. Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla A.C. 19 (2007): 168-87, http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=293222926010, 171; Antonio Sánchez Galindo, “Historia del penitenciarismo en México”, en Evolución del sistema penal en México. Tres cuartos de siglo, 535-45 (Instituto de Investigaciones Jurídicas – UNAM, 2017), http://biblio.juridicas.unam.mx/bjv, 141.

  49. 49 Magaña, “Historia de las instituciones penitenciarias en México”, 19.

  50. 50 Eric Schlosser, “The Prison-Industrial Complex”, The Atlantic, diciembre de 1998,https://www.theatlantic.com/magazine/archive/1998/12/the-prison-industrial-complex/304669/; Loïc Wacquant, Las cárceles de la miseria (Buenos Aires: Manantial, 2004).

  51. 51 Comisión Nacional de Derechos Humanos, “Informe Especial de la CNDH sobre la Situación de los Derechos Humanos en los Centros de Reclusión de la República Mexicana, Dependientes de Gobiernos Locales y Municipales,” Comisión Nacional de Derechos Humanos, 2004, https://www.cndh.org.mx/documento/informe-especial-de-la-cndh-sobre-la-situacion-de-los-derechos-humanos-en-los-centros-de, 3.

  52. 52 Elena Azaola y Marco Bergman, “De mal en peor: las condiciones de vida en las cárceles mexicanas,” Revista Nueva Sociedad 208 (2007): 118-127.

  53. 53 Azaola y Bergman, “De mal en peor: las condiciones de vida en las cárceles mexicanas”, 121.

  54. 54 Fundación Paz Ciudadana y Banco Interamericano de Desarrollo, “Evaluación del sistema concesionado versus el sistema tradicional en la reducción de la reincidencia delictual”, 2013, Banco Interamericano de Desarrollo, https://publications.iadb.org/es/publicacion/15382/evaluacion-del-sistema-concesionado-versus-el-sistema-tradicional-en-la-reduccion, 7.

  55. 55 Espejel y Díaz, “De violencia y privatizaciones en México”, 133.

  56. 56 Fundación Paz Ciudadana y Banco Interamericano de Desarrollo, “Evaluación del sistema concesionado versus el sistema tradicional en la reducción de la reincidencia delictual”, 12.

  57. 57 Lucía Jasso y Matari Pierre, Transformación del Estado y privatización de la seguridad pública: Policías privadas, cárceles privadas y gated communities en México (Ciudad de México: Universidad Nacional Autónoma de México, 2020), 29.

  58. 58 Documenta et al., 2022, “Informe sobre la situación de las prisiones privadas en México. Los Cefereso CPS a más de diez años,” México Evalúa, https://www.mexicoevalua.org/informe-sobre-la-situacion-de-las-prisiones-privadas-en-mexico/, 13.

  59. 59 Mara Gómez, “¿Qué tal han funcionado las cárceles privadas en México?”, México Evalúa (blog), 21 de enero de 2021, https://www.mexicoevalua.org/que-tal-han-funcionado-las-carceles-privadas-en-mexico/.

  60. 60 “Los contratos de García Luna para privatizar las cárceles: cada interno cuesta 114,588 pesos al mes,” Infobae, January 13, 2021, https://www.infobae.com/america/mexico/2021/01/13/los-contratos-de-garcia-luna-para-privatizar-las-carceles-cada-interno-cuesta-114588-pesos-al-mes/.

  61. 61 Luz del Carmen Zaldívar y Marco González, “El proceso de privatización carcelaria en México”, Revista Electrónica de Estudios Penales y de la Seguridad 7, (2020), 17.

  62. 62 Carrillo, “Gobierno gasta en promedio 3,913 pesos diarios por cada reo de 8 cárceles privadas”.

  63. 63 Carrillo, “Gobierno gasta en promedio 3,913 pesos diarios por cada reo de 8 cárceles privadas”.

  64. 64 Documenta, “Informe sobre la situación de las prisiones privadas en México. Los Cefereso CPS a más de diez años”, 15.

  65. 65 Espejel y Díaz, “De violencia y privatizaciones en México”, 151.

  66. 66 Documenta et al., 2022, “Informe sobre la situación de las prisiones privadas en México. Los Cefereso CPS a más de diez años,” México Evalúa, https://www.mexicoevalua.org/informe-sobre-la-situacion-de-las-prisiones-privadas-en-mexico/, 62.

  67. 67 Documenta et al., 2022, “Informe sobre la situación de las prisiones privadas en México. Los Cefereso CPS a más de diez años,” México Evalúa, https://www.mexicoevalua.org/informe-sobre-la-situacion-de-las-prisiones-privadas-en-mexico/, 62.

  68. 68 Fabiola Tapia, Hacia la Privatización de las Prisiones (Ciudad de México: Editorial Ubijus, 2011), 43.

  69. 69 Gómez, “¿Qué tal han funcionado las cárceles privadas en México?”

  70. 70 Pablo Hoyo et al., “La privatización punitiva en México. Subjetivaciones laborales frente al outsourcing,” Iconos. Revista de Ciencias Sociales 76 (2023): 211-227, https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=50975183011.

  71. 71 Documenta et al., 2016, “Privatización del Sistema Penitenciario en México,” México Evalúa, https://www.mexicoevalua.org/privatizacion-del-sistema-penitenciario-en-mexico/, 17.

  72. 72 Zaldívar y González, “El proceso de privatización carcelaria en México”, 19.

  73. 73 Carrillo, “Gobierno gasta en promedio 3,913 pesos diarios por cada reo de 8 cárceles privadas”.

  74. 74 Lilian Hernández, “El gobierno gasta $209 mil 561 anuales en cada preso,” La Jornada, July 20, 2023, https://www.jornada.com.mx/2023/07/20/politica/013n1pol.

  75. 75 Beatriz Guillén, “Mueren otras tres mujeres dentro del Cefereso 16, ‘el cementerio para vivas’ de Morelos,” El País, 23 de agosto de 2024, https://elpais.com/mexico/2024-08-23/mueren-otras-tres-mujeres-dentro-del-cefereso-16-el-cementerio-para-vivas-de-morelos.html.

  76. 76 Beatriz Guillén, “Tragedia en la cárcel de mujeres: así estalló la ola de suicidios en el Cefereso 16,” El País, 22 de mayo de 2024, https://elpais.com/mexico/2024-05-22/tragedia-en-la-carcel-de-mujeres-asi-estallo-la-ola-de-suicidios-en-el-cefereso-16.html.

  77. 77 Documenta et al., 2016, “Privatización del Sistema Penitenciario en México,” México Evalúa, https://www.mexicoevalua.org/privatizacion-del-sistema-penitenciario-en-mexico/, 8.